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dc.contributor.author | Galaviz de Anda, Jesús Martín | es_MX |
dc.date.accessioned | 2016-06-30T18:33:57Z | |
dc.date.available | 2016-06-30T18:33:57Z | |
dc.date.issued | 2008-12 | |
dc.identifier.other | 310305 | |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/11317/738 | |
dc.description | Tesis (maestría en bioética)-- Universidad Autónoma de Aguascalientes. Centro de Ciencias Biomédicas. | es_MX |
dc.description.abstract | RESUMEN El estudio presente, es un acercamiento a un fenómeno vital relacionado con la autonomía de las mujeres y la beneficencia al no nato ante la decisión de inducir el aborto, descrito y analizado por la corriente bioética del Principialismo propuesta por Beauchamps y Childress. El detonante es la despenalización del aborto en el Distrito Federal desde Abril del 2007 y ratificada el día 28 de agosto del 2008. En un afán de brindar reconocimiento a la autonomía de las mujeres para que tomen la decisión de inducir el aborto no deseado y no sean penalizadas, siempre y cuando se practique el aborto antes de las doce semanas de gestación. El presente estudio, analiza desde las perspectivas médicas, legales y bioéticas, aportando los elementos necesarios para dilucidar desde la bioética del Principialismo de Beauchamps y Childress, si se cumple la autonomía en las mujer embarazada, y en la beneficencia, no maleficencia y justicia para el no nato. Sabemos que este tópico es controversial porque aun no está precisado el momento del inicio de la vida. También existe conflicto en la asignación del estado de persona humana del no nato tanto en las diversas corrientes filosóficas bioéticas, como en las leyes mexicanas. Desde la bioética del Principialismo de Beauchamps y Childress la práctica del aborto inducido como esta recientemente despenalizado para el Distrito Federal desde abril del año 2007, viola los principios de beneficencia y no maleficencia del no nato, es bueno que las mujeres tengan autonomía, pero que esta autonomía, no está por encima de los principios del no nato, en su beneficencia y en la no maleficencia. VI Desde el marco legal al no nato no se le puede asignar el término de persona por no reunir los requisitos que establece la Constitución Mexicana, aunque si el derecho de tutela por parte de la figura de los padres. Las mujeres que deseen practicarse la interrupción del embarazo antes de la semana 12 de la gestación, no son penalizadas, en el Distrito Federal. Se ha visto notoriamente disminución en la mortalidad por el aborto inducido desde que esta práctica se ha despenalizado, en el Distrito Federal. Continúan la polémica por parte de grupos sociales a favor y en contra de la despenalización del aborto. Finalmente es necesario realizar más investigaciones reflexivas sobre el status de persona del no nato, su protección jurídica y reconocerle su estatus tanto de persona, como de paciente. | es_MX |
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dc.language | es | |
dc.publisher | Universidad Autónoma de Aguascalientes | es_MX |
dc.publisher | Universidad Autónoma de Aguascalientes | es_MX |
dc.subject | Aborto - Aspectos morales y éticos | es_MX |
dc.subject | Mujeres - Problemas sociales y morales | es_MX |
dc.title | La autonomía de las mujeres y la beneficiencia al no nato en la despenalización del aborto : | es_MX |
dc.title.alternative | estudio bioético desde la reciente despenalización del aborto en el Distrito Federal, México | es_MX |
dc.type | Tesis | es_MX |