Resumen:
RESUMEN
El primer párrafo de la fracción XXI del artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la
Renta contiene una distinción basada en la edad de los contribuyentes que se
encuentren en la hipótesis normativa que plantea.
Así es, de un análisis que se efectúe al contenido de dicho artículo se obtiene el
derecho a la exención del pago de Impuesto Sobre la Renta para aquellas personas
que siendo mayores de 60 años y habiendo contratado un Seguro de Vida cuyo
riesgo amparado sea la supervivencia, reciban por concepto de indemnización
cantidades por parte de la aseguradora.
Dicha distinción legislativa, consistente en el requisito de tener al menos 60 años de
edad para acceder el beneficio fiscal, se considera una “categoría sospechosa” y es
en ese orden de ideas que, la categoría sospecha debe ser analizada a través de
un Test de Escrutinio Estricto a la luz del Principio de Equidad, para determinar su
constitucionalidad.
Sin embargo, al analizarse de conformidad con el procedimiento que marca el Test
de Escrutinio estricto se puede concluir que la distinción legislativa o categoría
sospechosa ahí planteada no se encuentra justificada y por lo tanto resulta
inconstitucional.